jueves, 2 de marzo de 2017

Resolución 1 del Consejo de Ministros del 1 de marzo que aprueba el Decreto Número 1/2017 de fecha 1 de marzo, que autoriza la tramitación del ingreso de Ikùmé- Mbôngó (País Ndowé) a instituciones internacionales.


Ref: Resolución 1 del Consejo de Ministros del 1 de marzo de 2017,  que aprueba el  Decreto Número 1/2017 de fecha  1 de marzo,  que autoriza la tramitación del ingreso de Ikùmé- Mbôngó (País Ndowé) a instituciones internacionales.

Habiendo recibido el informe del Ministro de Información y Prensa con relación al Consejo de Ministros del 28 de febrero de 2017, que señala de acuerdo a las previsiones de los Artículos 9 y 11 del REGLAMENTO DEL CONSEJO DE MINISTROS, agotados los días dispuestos para VOTAR la propuesta del borrador del Decreto Número 1/2017 de fecha  1 de marzo, que autoriza la tramitación del ingreso de Ikùmé- Mbôngó (País Ndowé) a instituciones internacionales,  hubo una enmienda de los párrafos 1, 2 y 5, y de las expectativas de 13 votos, 13 se emitieron y los 13  a favor del borrador del Decreto.

En ese sentido, siguiendo las justas recomendaciones del Ministerio de Información y Prensa,  el  nombre  de  esta  Ejecutiva debo declarar y declaro aprobada  por  unanimidad  la  propuesta en la forma enmendada  y queda  registrada  como  Decreto Número 1/2017 de fecha  1 de marzoque autoriza la tramitación del ingreso de Ikùmé- Mbôngó (País Ndowé) a instituciones internacionales.

En virtud del Art. 13 del REGLAMENTO DEL CONSEJO DE MINISTROS, se  procederá inmediatamente y sin demora, a enviar esta Resolución del Decreto Número 1/2017 de fecha  1 de marzo, a los miembros del Gobierno, para su implementación su cumplimiento  una vez sea publicado en el BOE.

En concordancia con el Art. 14 del REGLAMENTO DEL CONSEJO DE MINISTROS, se remite  este Decreto Número 1/2017 de fecha 1 de marzo, al Jefe de Estado para su firma y posterior publicación en el órgano oficial informativo  del Estado; BOE “Sango a Mboka” para su publicación y entrada en vigor.

José Luis Eñeso Kola
Primer Ministro del Gobierno de Ikùmé- Mbôngó (País Ndowé) 

COMUNICADO DEL GOBIERNO DE IKÙMÉ- MBÔNGÓ


COMUNICADO DEL GOBIERNO DE IKÙMÉ- MBÔNGÓ.
01 de marzo de 2017

El Gobierno de Ikùmé- Mbôngó comunica a la población autóctona del país ndowé que tras la Proclamación de independencia de nuestro territorio el 3 de febrero de 2017, considerando que el Estado de la República de Guinea Ecuatorial no es firmante de ninguna  Convención sobre "Sucesión de Estados", el Gobierno ndowé de Salvación Nacional y de Gestión formuló una amistosa invitación al Estado de Guinea Ecuatorial a que reconociera la Independencia de Ikùmé- Mbôngó a fin de que ambos Estados soberanos tratasen amistosamente todos los temas de sucesión. A ese efecto se concedió 10 días hábiles para que se pronuncie el Estado de Guinea Ecuatorial.

A las 0.00h de ayer día 28 de febrero de 2017, expiraban los 10 hábiles días otorgados al Estado de Guinea Ecuatorial. Desafortunadamente no hubo respuesta, lo que confirma que dicho Estado ha despreciado nuestra propuesta de cooperación  contraviniendo la Resolución 2625  (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 24 de octubre de 1970, que contiene la declaración relativa a los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los estados de conformidad con la carta de las naciones unidas,  b).  “El principio de que los Estados arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia.”

Considerando que se hizo hincapié ante el Estado de Guinea Ecuatorial indicando que ignorar la notificación y la propuesta conllevaría a que el Gobierno de Ikùmé- Mbôngó hiciera uso de las prerrogativas de la Resolución 0002 (EAN) del  19 de noviembre de 2016, la Declaración de independencia de Ikùmé- Mbôngó, y los atributos del Derecho Internacional para satisfacer los requisitos necesarios para solicitar en el nombre del pueblo ndowé la adhesión de Ikùmé- Mbôngó a instituciones internacionales, así como el ingreso  “in situ” de Ikùmé-Mbôngó a la Organización de las Naciones Unidas, bajo el amparo del artículo 4 de la Carta de las Naciones Unidas  y de conformidad al artículo 58 del reglamento provisional del Consejo de Seguridad y el artículo 134 del reglamento de la Asamblea General relativo a la admisión de nuevos Miembros.

Llegados al extremo actual, el Gobierno de Ikùmé- Mbôngó notifica al pueblo ndowé, que en el día de hoy 1 de marzo de 2017 se reunió con urgencia el Consejo de Ministros y tras sus deliberaciones se ha aprobado con unanimidad:

PRIMERO: El Decreto Número 1/2017 de fecha  1 de marzo, por el que se autoriza tramitar la adhesión de Ikùmé- Mbôngó a las Organizaciones Internacionales de interés para nuestro Estado.

SEGUNDO: Tramitar la inmediata adhesión de Ikùmé- Mbôngó a la Organización de las Naciones Unidas.

TERCERO: Cumplimentar con los requisitos del REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE MINISTROS Art. 14, para que entre en vigor el Decreto Número 1/2017 de fecha  1 de marzo, para su implementación.

El Gobierno procede de inmediato a cumplimentar las obligaciones emanadas del Consejo de Ministros.

Ibomo Oko Ndomi
Ministro de Información y Prensa del Gobierno de Ikùmé- Mbôngó